Regulación, externalización de actividades administrativas y autorregulación [Texto impreso]
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Centro de Análisis y Prospectiva de la Guardia Civil CAP - Sala 1 | CAP - Hemeroteca | Available | 2527 |
El concepto amplio de regulación engloba la actuación pública en su conjunto. Se utiliza, sobre todo, en materia económica, como contraposición a las normas generales de defensa de la competencia. Sin embargo, no da lugar a nuevas técnicas jurídico-administrativas, ni refleja la naturaleza de los poderes de las autoridades sectoriales. ii) Con las debidas garantías, no hay inconveniente en que la Administración externalice tareas que tienen un carácter auxiliar o instrumental para el ejercicio de la competencia. iii) El ordenamiento jurídico debe reconocer, e incluso favorecer, la autorregulación. Sin embargo, su función es complementar, no sustituir a la regulación estatal.
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