El Centro de Inteligencia contra el Crimen Organizado [Texto impreso]

By: Montes López, Francisco JesúsMaterial type: ArticleArticlePublication details: Centro de Publicaciones, Ministerio del Interior (1989)-Subject(s): Centro de Inteligencia contra el Crimen Organizado | Crimen Organizado -- España | Inteligencia policialOnline resources: *DESCARGAR PDF* In: Cuadernos de la Guardia Civil Cuadernos de la Guardia Civil . -- N. 44 (en. 2011) p. 1-23Summary: Resumen: El eje central del Gobierno hasta el momento de la reestructuración del Ministerio del Interior en 2006, con el fondo de los sucesos del 11 M, era "la adopción de medidas destinadas a asegurar la coordinación operativa del Cuerpo Nacional de Policía y del de la Guardia Civil, en el convencimiento de que con ello, se acrecentaba la acción contra la delincuencia y el terrorismo y, por tanto, se acrecentaba y fortalecía la seguridad de los ciudadanos”. Al Centro de Inteligencia contra el Crimen Organizado (CICO) le encomendó "la elaboración de inteligencia estratégica en la lucha contra todo tipo de delincuencia organizada, así como, en su caso, el establecimiento de criterios de coordinación operativa de los servicios actuantes en los supuestos de coincidencia o concurrencia en las investigaciones" El Centro está integrado básicamente por policías y guardias civiles. En cuestiones de coordinación operativa, bajo la dirección del CICO, se encuentra la gestión del Sistema de Registro de Investigaciones de los Cuerpos Policiales (SRI); la responsabilidad de proponer la activación del Acuerdo Interdeparmental entre los Ministerios de Interior y de Defensa para el empleo de medios en la lucha contra droga; o ser la Autoridad Nacional competente en relación con el artículo 17 de la Convención de Naciones Unidas de 1988 contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas. Asímismo le corresponde administrar y tramitar las peticiones que como Oficina de Recuperación de Activos (ORA) solicitan otras ORA, s de la UE; la gestión del Registro General de Operaciones de sustancias Químicas Catalogadas (precursores); la elaboración de informes sobre Crimen Organizado, sobre la trata de seres humanos con fines de explotación sexual, de informes estadísticos sobre drogas, etc,; la contribución española al informe OCTA de EUROPOL; la gestión de los presupuestos del Programa 132C (“actuaciones policiales en materia de drogas”) y los provenientes de la Ley del Fondo de Bienes Decomisados; la contribución a la quema de drogas; focalizar la gestión de la venta, destrucción o adjudicación anticipada de determinados bienes decomisados, etc.
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Resumen: El eje central del Gobierno hasta el momento de la reestructuración del Ministerio del Interior en 2006, con el fondo de los sucesos del 11 M, era "la adopción de medidas destinadas a asegurar la coordinación operativa del Cuerpo Nacional de Policía y del de la Guardia Civil, en el convencimiento de que con ello, se acrecentaba la acción contra la delincuencia y el terrorismo y, por tanto, se acrecentaba y fortalecía la seguridad de los ciudadanos”.
Al Centro de Inteligencia contra el Crimen Organizado (CICO) le encomendó "la elaboración de inteligencia estratégica en la lucha contra todo tipo de delincuencia organizada, así como, en su caso, el establecimiento de criterios de coordinación operativa de los servicios actuantes en los supuestos de coincidencia o concurrencia en las investigaciones"
El Centro está integrado básicamente por policías y guardias civiles.
En cuestiones de coordinación operativa, bajo la dirección del CICO, se encuentra la gestión del Sistema de Registro de Investigaciones de los Cuerpos Policiales (SRI); la responsabilidad de proponer la activación del Acuerdo Interdeparmental entre los Ministerios de Interior y de Defensa para el empleo de medios en la lucha contra droga; o ser la Autoridad Nacional competente en relación con el artículo 17 de la Convención de Naciones Unidas de 1988 contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas.
Asímismo le corresponde administrar y tramitar las peticiones que como Oficina de Recuperación de Activos (ORA) solicitan otras ORA, s de la UE; la gestión del Registro General de Operaciones de sustancias Químicas Catalogadas (precursores); la elaboración de informes sobre Crimen Organizado, sobre la trata de seres humanos con fines de explotación sexual, de informes estadísticos sobre drogas, etc,; la contribución española al informe OCTA de EUROPOL; la gestión de los presupuestos del Programa 132C (“actuaciones policiales en materia de drogas”) y los provenientes de la Ley del Fondo de Bienes Decomisados; la contribución a la quema de drogas; focalizar la gestión de la venta, destrucción o adjudicación anticipada de determinados bienes decomisados, etc.





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