La responsabilidad penal de las personas jurídicas y su utilización por la "Mafia Rusa" [Texto impreso]

By: López Muñoz, JuliánMaterial type: ArticleArticlePublication details: Centro de Publicaciones, Ministerio del Interior (1989)-Subject(s): Crimen Organizado | Mafia -- Rusia | Responsabilidad penalOnline resources: *DESCARGAR PDF* In: Cuadernos de la Guardia Civil Cuadernos de la Guardia Civil . -- Nº 41 (en. 2010) p. 1-10Summary: Resumen: El autor expone de una forma práctica la utilización de empresas por grupos criminales procedentes de países del Este, segunda parte del artículo publicado en “Cuadernos de la Guardia Civil” nº 40; un hecho relevante, entre ambas publicaciones, ha sido la aprobación de la reforma del Código Penal, que entrará en vigor el próximo mes de diciembre aceptándose la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Los fenómenos de la globalización económica y la internacionalización de las actividades delictivas, entre otras consecuencias, han traído la supresión de conductas delictivas que antes lo eran, piénsese en delitos de contrabando por ejemplo, además de fraudes presupuestarios o de subvenciones, y corrupciones a funcionarios como forma de desactivar los órganos del Estado, que hacen frente a las organizaciones criminales. Aparece también la deslocalización criminal como método seguro de cometer el delito, sin que se de una conexión entre la parte estratégica o intelectual y la parte ejecutora, con el empleo para ello personas jurídicas radicadas en paraísos fiscales, en terceros países o en el propio país donde se ejecuta la acción. Se observa un déficit preventivo en nuestro sistema jurídico penal para poder luchar contra la, vulgarmente conocida como, “mafia rusa”. Se plasman ejemplos que llevan a pensar que nuestro Estado, y algunos de nuestra órbita occidental, intentan dar respuesta a este tipo de criminalidad con políticas garantistas que en ocasiones debieran reforzarse con medidas innovadoras y modelos eficaces de prevención. Se recibe con esperanza, tras la aprobación de reforma del CP, la nueva tendencia de “societas delinquere potest”, dado que hasta ahora la empresa había sido un ámbito de irresponsabilidad penal, y está más que comprobado que personas jurídicas amparaban en realidad sedes sociales de organizaciones criminales, cuyo principal actividad era la de dar cobijo a la “obschak”, con cuantiosas sumas de dinero que servía para cobijar y amparar las necesidades económicas de la organización criminal.
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Resumen: El autor expone de una forma práctica la utilización de empresas por grupos criminales procedentes de países del Este, segunda parte del artículo publicado en “Cuadernos de la Guardia Civil” nº 40; un hecho relevante, entre ambas publicaciones, ha sido la aprobación de la reforma del Código Penal, que entrará en vigor el próximo mes de diciembre aceptándose la responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Los fenómenos de la globalización económica y la internacionalización de las actividades delictivas, entre otras consecuencias, han traído la supresión de conductas delictivas que antes lo eran, piénsese en delitos de contrabando por ejemplo, además de fraudes presupuestarios o de subvenciones, y corrupciones a funcionarios como forma de desactivar los órganos del Estado, que hacen frente a las organizaciones criminales.

Aparece también la deslocalización criminal como método seguro de cometer el delito, sin que se de una conexión entre la parte estratégica o intelectual y la parte ejecutora, con el empleo para ello personas jurídicas radicadas en paraísos fiscales, en terceros países o en el propio país donde se ejecuta la acción. Se observa un déficit preventivo en nuestro sistema jurídico penal para poder luchar contra la, vulgarmente conocida como, “mafia rusa”. Se plasman ejemplos que llevan a pensar que nuestro Estado, y algunos de nuestra órbita occidental, intentan dar respuesta a este tipo de criminalidad con políticas garantistas que en ocasiones debieran reforzarse con medidas innovadoras y modelos eficaces de prevención.

Se recibe con esperanza, tras la aprobación de reforma del CP, la nueva tendencia de “societas delinquere potest”, dado que hasta ahora la empresa había sido un ámbito de irresponsabilidad penal, y está más que comprobado que personas jurídicas amparaban en realidad sedes sociales de organizaciones criminales, cuyo principal actividad era la de dar cobijo a la “obschak”, con cuantiosas sumas de dinero que servía para cobijar y amparar las necesidades económicas de la organización criminal.

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