González Rus, Juan José

El Art. 340 BIS b) del Código Penal. Especial consideración de la responsabilidad penal de las personas obligadas a mentener la seguridad de las vías. / [Texto impreso]. .-- : Centro de Publicaciones, Ministerio del Interior , (1989)-

Resumen: Son considerados elementos fundamentales del Artículo 340 bis b): que se origine necesariamente un grave riesgo para la circulación y que de ese riesgo se haya producido, una alteración de la seguridad del tráfico, y al no restablecerse la seguridad de la vía, cuando haya obligación de hacerlo.
Este artículo permite exigir responsabilidad criminal a los funcionarios públicos y a los terceros obligados por su cargo o contrato a mantener la seguridad de las vías públicas.


Derecho Penal Responsabilidad penal Seguridad vial