000 -CABECERA |
campo de control de longitud fija |
02264nab a2200205 i 4500 |
003 - IDENTIFICADOR DEL NÚMERO DE CONTROL |
campo de control |
ES-MaBCA |
005 - FECHA Y HORA DE LA ÚLTIMA TRANSACCIÓN |
campo de control |
20130624124243.0 |
008 - CÓDIGOS DE INFORMACIÓN DE LONGITUD FIJA |
campo de control de longitud fija |
130426b xxu||||| |||| 00| 0 eng d |
040 ## - FUENTE DE LA CATALOGACIÓN |
Centro catalogador de origen |
SpMaBN |
Lengua de catalogación |
spa |
Centro transcriptor |
ES-MaBCA |
100 ## - PUNTO DE ACCESO PRINCIPAL - NOMBRE DE PERSONA |
9 (RLIN) |
4445 |
Nombre de persona |
Parejo Guzmán, María José |
245 ## - MENCIÓN DE TÍTULO |
Título |
Reflexiones sobre el asunto Lautsi y la jurisprudencia del TEDH sobre símbolos religiosos |
Medio |
[Texto impreso] |
Mención de responsabilidad etc. |
María José Parejo Guzmán |
Resto del título |
: hacia soluciones de carácter inclusivo en el orden público europeo |
260 ## - PUBLICACIÓN, DISTRIBUCIÓN, ETC. (PIE DE IMPRENTA) |
Lugar de publicación distribución etc. |
Madrid |
Nombre del editor distribuidor etc. |
Centro de Estudios Políticos y Constitucionales |
520 ## - SUMARIO, ETC. |
Sumario etc. |
Las convicciones religiosas siempre han planteado controvertidas cuestiones en función del contexto político y social y seguramente nos encontramos en la actualidad en un momento de evolución debido al marcado pluralismo que presenta nuestra sociedad. Confrontado con el conflicto de los símbolos religiosos, el TEDH suele prestar deferencia a las peculiaridades de los Estados partes a través de la doctrina del margen de apreciación, otorgando protagonismo a las autoridades nacionales en tanto que organizador neutro e imparcial del ejercicio de las diversas religiones. Lejos de ello, sin embargo, en el asunto Lautsi la Sala del TEDH omitió recurrir a esta doctrina, lo cual plantea ineludiblemente si el esquema de relaciones mantenido hasta ahora continúa siendo válido y ello porque de sus considerandos parece destilarse la idea de que un entorno escolar abierto e inclusivo tiene necesariamente que requerir la exclusión de todos los símbolos religiosos, con independencia de que el estado obligue a exhibirlos. Desde nuestra perspectiva, la situación es totalmente distinta cuando la iniciativa parte de los usuarios de ese servicio público. La diversidad del acervo constitucional paneuropeo apelaría más bien a favor de que se pudieran mostrar todos aquellos que los usuarios de ese servicio público deseen. |
610 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--NOMBRE DE ENTIDAD CORPORATIVA |
9 (RLIN) |
3229 |
Nombre de entidad corporativa o nombre de jurisdicción como elemento inicial |
Tribunal Europeo de Derechos Humanos |
650 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA |
9 (RLIN) |
3690 |
Término de materia o nombre geográfico como elemento inicial |
Religión |
650 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA |
9 (RLIN) |
3892 |
Término de materia o nombre geográfico como elemento inicial |
Derechos políticos y civiles |
655 ## - TÉRMINO DE INDIZACIÓN--GÉNERO/FORMA |
Datos o término principal de género/forma |
Jurisprudencia comentada |
773 0# - ENLACE AL DOCUMENTO FUENTE |
Encabezamiento principal |
Revista de Derecho Comunitario Europeo |
Parte(s) relacionada(s) |
. -- N. 37 (sept.-dic. 2011) p. 865-896 |
Información sobre la relación |
En : |
Título |
Revista de Derecho Comunitario Europeo |
Número Internacional Normalizado para Publicaciones Seriadas (ISSN) |
1138-4026 |
Número de control del registro relacionado |
2822 |
942 ## - ELEMENTOS DE PUNTO DE ACCESO ADICIONAL (KOHA) |
Fuente del sistema de clasificación o colocación |
|
Tipo de ítem Koha |
Analíticas |